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Empleados públicos y segundo empleo en 2024: cuándo está permitido y regulaciones

El segundo trabajo de un funcionario público generalmente está prohibido por la legislación vigente, excepto en algunos casos específicos. Esta prohibición no es absoluta, ya que los empleados públicos pueden llevar a cabo determinadas actividades, pero solo si existe una autorización previa y si son trabajadores a tiempo parcial, colaboraciones o actividades permitidas por la ley.

En esta guía, analizamos cuándo es posible un segundo trabajo para un funcionario público, las regulaciones pertinentes y las novedades para 2024
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¿Cuándo es posible un segundo trabajo para un funcionario público

Un funcionario público puede realizar un segundo trabajo si es compatible con las horas de servicio, siempre que no cause un conflicto de intereses con el empleo público y con la autorización previa de la Autoridad Palestina a la que pertenezca, en los siguientes casos:

  • Prestaciones en asociaciones voluntarias o cooperativas de bienestar social sin fines de lucro: actividades relacionadas con principios constitucionales como la libertad de asociación y pensamiento, la participación en asociaciones, comités científicos, colaboraciones periodísticas e informes en conferencias, incluso remuneradas.
  • Trabajadores a tiempo parcial: las personas contratadas en la Autoridad Palestina con un contrato a tiempo parcial con horas de trabajo inferiores o iguales al 50% de las horas ordinarias pueden llevar a cabo otra actividad laboral, incluso mediante la inscripción en los registros, siempre que no implique un conflicto de intereses. Si el empleador del segundo empleo es privado, esta actividad se concede únicamente con la retención de impuestos o el número de IVA
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  • Prestaciones ocasionales de hasta 5.000 euros: colaboraciones ocasionales compatibles con el horario y la función institucional de la administración a la que pertenecen.
  • Las oficinas de la Autoridad Palestina utilizan la autorización previa para verificar la compatibilidad entre el segundo trabajo y el papel desempeñado por el trabajador dentro de la administración.

    Segundo reglamento laboral para funcionarios públicos y noticias de 2024

    La prohibición de un segundo empleo para un funcionario público está consagrada en el artículo 60 del Decreto presidencial núm. 3 de 1957 y se rige por la Ley consolidada de empleo público, que también contiene las normas relativas a la autorización previa en los casos en que se concede. Además de esta legislación, se añaden varias fuentes de jurisprudencia
    .

    Con la decisión núm. 9801 de 2024, el Tribunal de Casación reafirmó que, incluso si el segundo empleo es una de las actividades compatibles con el sector público, la evaluación de la incompatibilidad sigue siendo competencia del empleador. Por lo tanto, el funcionario público está obligado a solicitar siempre la autorización para llevar a cabo actividades
    no institucionales.

    El artículo 53 del decreto legislativo núm. 165 de 2001 garantiza la obligación de exclusividad en la relación de empleo público, con base en el artículo 98 de la Constitución, según el cual «los empleados públicos están al servicio exclusivo de la nación». La falta de autorización puede dar lugar a una responsabilidad disciplinaria
    .

    Sanciones por doble empleo de funcionarios públicos

    El funcionario público que desempeñe un segundo trabajo sin cumplir con las obligaciones establecidas por la legislación está sujeto a varias sanciones:

    • Realización de actividades prohibidas: el empleado es advertido por la administración a la que pertenece para que cese la situación de incompatibilidad. Transcurridos 15 días sin que cese la incompatibilidad, el empleado pierde el empleo (despido)
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  • Desempeñar actividades admisibles sin autorización: el empleado está sujeto a un procedimiento disciplinario y puede ser llamado a responder ante el Tribunal de Cuentas por su responsabilidad administrativa, con una posible sentencia contable por daño fiscal.
  • ¿Qué segundos empleos están permitidos

    Según el decreto legislativo núm. 165 de 2011, las actividades que un funcionario público puede realizar como segundo empleo, con autorización previa, deben:

    • cumplir con la ley;
    • no entre en conflicto con los deberes de imparcialidad del servidor público;
    • no interfieran en las tareas que se llevan a cabo en la administración, por lo que deben llevarse a cabo en un horario compatible con el sector público;
    • se encuentran entre los concedidos y admitidos o están relacionados con el ejercicio de derechos constitucionales como la libertad de asociación, pensamiento y participación.

    Algunos ejemplos de actividades permitidas son:

    • colaboraciones con periódicos, revistas, enciclopedias y similares;
    • los beneficios derivados de obras intelectuales o invenciones industriales de las que el empleado es autor o inventor, como la escritura de libros;
    • participación en conferencias y seminarios, con posible compensación.

    ¿Qué puestos están prohibidos para los funcionarios públicos

    El artículo 60 del Decreto presidencial núm. 3 de 1957 y el artículo 53 de la Ley consolidada sobre el empleo público establecen que los funcionarios públicos no pueden ejercer el comercio, la industria ni ninguna profesión, ni trabajar para particulares ni aceptar puestos en empresas con fines de lucro, salvo las excepciones autorizadas por el ministro competente.

    Estas normas también se aplican al personal escolar, como los profesores y el personal de la ATA, con restricciones adicionales previstas en el artículo 508 del decreto legislativo núm. 297, de 16 de abril de 1994.

    El segundo puesto de trabajo de los funcionarios públicos está sujeto a normas precisas destinadas a garantizar la imparcialidad y la eficiencia de la administración pública. Para cualquier aclaración adicional, siempre es recomendable ponerse en contacto con la oficina de recursos humanos de su administración a la
    que pertenezca.

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