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Desgravación fiscal no válida 2024: lista completa

En 2024, habrá varias exenciones fiscales disponibles para las personas discapacitadas. Estas subvenciones, que van desde la movilidad hasta los gastos de salud y las bonificaciones de construcción para eliminar las barreras arquitectónicas, tienen como objetivo apoyar a las personas con discapacidades y a sus
familias.

¿Cuáles son las desgravaciones fiscales inválidas en 2024

En caso de discapacidad, la legislación tributaria ofrece diversas ayudas a las personas y sus familias. Veamos en detalle cuáles son.

Bono de compra de un automóvil para discapacitados

El bono de compra de un automóvil para personas discapacitadas en 2024 incluye:

  • Deducción del impuesto sobre la renta personal del 19% de los gastos incurridos para la compra.
  • IVA reducido al 4% en la compra.
  • Exención del impuesto de circulación y exención del impuesto de matriculación en las transmisiones de propiedad.

Estas prestaciones se conceden a las personas ciegas, sordas o con discapacidades mentales o mentales que tengan derecho a la prestación correspondiente, que tengan una capacidad para caminar muy limitada, que sufran múltiples amputaciones o que tengan una capacidad motora reducida o disminuida.

Deducción de gastos de salud

Los gastos médicos o de atención son totalmente deducibles del ingreso total de la persona con una discapacidad. Los gastos médicos generales y los gastos de cuidados específicos, como la atención y los servicios de enfermería y rehabilitación proporcionados por personal calificado, son deducibles
.

Deducción de gastos médicos a partir de los 730€

Los gastos de salud de las personas discapacitadas se pueden deducir en el modelo 730, lo que reduce los impuestos a pagar. Es posible deducir una cantidad igual al 19% de los gastos incurridos, sin límites ni deducibles. Algunos gastos de salud especializados solo se pueden deducir por la parte que supere la cantidad
de 129,11 euros.

Bonificación por subvenciones técnicas y de TI

Para la compra de ayudas técnicas y de TI, las personas con discapacidades pueden aprovechar:

  • Deducción del IRPF del 19% de los gastos incurridos.
  • IVA reducido al 4%.
  • Estas prestaciones también están disponibles para los familiares de la persona con discapacidad, siempre que esta última dependa fiscalmente de ellos.

    Deducción por cuidador discapacitado

    Los gastos en los que incurran los trabajadores de cuidado personal en caso de no ser autosuficientes son deducibles del impuesto sobre la renta de las personas físicas en un importe del 19%, hasta un gasto máximo de 2.100 euros, con un ingreso total que no supere los 40.000 euros.

    Medios de ayuda subvencionados con IVA

    Para la compra de los vehículos necesarios para acompañar, pasear y levantar a las personas con discapacidad, se aplica el tipo reducido de IVA del 4%. Se incluyen salvaescaleras, prótesis, dispositivos para personas con discapacidad funcional permanente, dispositivos para facilitar la audición a las personas sordas y vehículos para personas que no caminan
    .

    Concesiones para ciegos

    Las personas ciegas pueden beneficiarse de:

    • Deducción del impuesto sobre la renta personal del 19% de los gastos por la compra de un perro guía.
    • Deducción a tanto alzado de los gastos de manutención de un perro guía.
  • IVA reducido al 4% para la compra de productos editoriales.
  • Concesiones para la eliminación de barreras arquitectónicas

    Los gastos de las intervenciones destinadas a superar las barreras arquitectónicas se pueden deducir de la siguiente manera:

    • Bonificación de reestructuración: deducción del impuesto sobre la renta personal del 50% de los gastos incurridos.
    • Bonificación por barreras arquitectónicas: deducción del 75% por las intervenciones admitidas hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Superbonus 2024: las intervenciones destinadas a eliminar las barreras arquitectónicas pueden incluirse como intervenciones remolcadas.
  • Deducción de la póliza de seguro

    Los gastos de las pólizas de seguro que contemplan el riesgo de muerte o incapacidad permanente, o de falta de autosuficiencia, son deducibles del impuesto sobre la renta de las personas físicas al 19%. El importe deducible es de 530 euros para los seguros contra el riesgo de muerte o incapacidad permanente y de 1.291,14 euros para los que
    cubren el riesgo de no autosuficiencia.

    Impuesto concesional de sucesiones y donaciones

    Cuando una persona con una discapacidad grave se beneficia de la transferencia de activos en forma de herencia o donación, el impuesto se aplica únicamente a la parte de la acción que supere los 1.500.000 euros. La ley núm. 112, de 22 de junio de 2016, también prevé la exención de impuestos para los activos destinados a fideicomisos o fondos especiales en favor de personas con discapacidades graves
    .

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