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Aumento de la asignación por hijo único para huérfanos de padres solteros en 2024

La Ley de Presupuestos de 2024 confirmó el aumento de 30 euros en la asignación universal única por hijo, no solo para los niños con ambos padres con ingresos laborales, sino también para los huérfanos con un solo padre que trabaja.

Esta medida, introducida con el decreto laboral convertido en ley en 2023, se confirmó en 2024 y reconoce un aumento de las cantidades durante un máximo de 5 años a partir de la fecha del evento y para aquellos con un ISEE igual o inferior a 15.000 euros. Posteriormente, la cantidad comienza a disminuir
.

¿Qué es el aumento de la asignación por hijo único para los huérfanos de un padre

El aumento de la asignación universal única para los hijos de un padre fallecido se introdujo con el decreto laboral convertido en ley en 2023 y confirmado por la Ley de Presupuestos de 2024. El aumento máximo es de 30 euros al mes por cada hijo menor de edad, aplicable a las familias con un ISEE de hasta 15 000 euros, en las que uno de los padres haya fallecido y el otro sea trabajador. La cantidad se amplía gradualmente hasta niveles más altos del ISEE
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¿Quién tiene derecho a

Los aumentos de la asignación universal única se deben a las familias compuestas por un solo padre que trabaja debido al fallecimiento del otro padre. Este aumento es válido durante un máximo de 5 años después del fallecimiento
.

Cómo funcionan los aumentos

El aumento de 30 euros se suma a la asignación única por cada hijo menor presente en familias en las que uno de los padres haya fallecido y el otro sea trabajador. Esta cifra se reduce gradualmente para un ISEE superior hasta que se cancela para un ISEE igual o superior a 40.000 euros. La medida tiene una validez máxima de 5 años a partir del evento
.

¿Cuándo llegan los nuevos aumentos

Los aumentos de la asignación universal por hijo para los huérfanos de uno de los padres comenzaron el 1 de junio de 2023 y se confirman en 2024. En el caso de las familias monoparentales por fallecimiento del otro progenitor, el aumento se reconoce sin atrasos, a partir de la fecha del fallecimiento y durante un máximo de 5 años. El INPS tramita automáticamente la solicitud del padre superviviente y reconoce
el aumento.

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